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Los 4 tipos de contrato laboral más utilizados por las empresas

Conocer el contrato laboral que hay es tan importante como especializarse para llegar al puesto deseado. Empecemos por el principio: un contrato laboral es el acuerdo que firma empleador y empleado y por el que se regulan actividades a realizar y la remuneración por las mismas, así como derechos y deberes de ambas partes. Dicho de otro modo: qué debes hacer y cuánto va a cobrar por ello.

Pero existen muchos tipos de contratos laborales y, conocerlos todos, ya no es la ardua tarea que fue antes de que viviéramos en un mundo conectado. Conocer todos los tipos de contratos laborales puede resultarte de gran utilidad y, si estás interesado y quieres ahondar en el tema, te recomendamos que eches un ojo al Máster en Dirección de Recursos Humanos que ofrecemos en EIPE Business School.

Otros aspectos a tener en cuenta y que deben reflejarse claramente en el contrato son:  duración, existencia o ausencia de período de prueba, compromiso, así como necesidad de preaviso en caso de pretender poner fin al acuerdo antes de lo acordado. También las consecuencias de su incumplimiento por cualquiera de las partes y cualquier otro acuerdo al que se llegue en el proceso de contratación.

Tipos de Contrato Laboral

Desde el año 2013 se redujo considerablemente la lista de contratos existentes a cuatro tipos básicos:

1. Contrato indefinido

Se trata de un tipo de contrato laboral en el que no se estipula una fecha de finalización. Supone la existencia de estabilidad por parte del empleado y, en caso de que el empleador decida dar por finalizada la relación laboral, deberá indemnizar al mismo. Se pasará a este tipo de contrato si se superan los dos años de contrato.

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Supone una serie de ventajas para empelado y empleador al poder beneficiarse de diversos tipos de ayuda o deducciones fiscales en función del tipo de trabajador contratado como, por ejemplo, emprendedores, colectivos en riesgo de exclusión social, jóvenes o mayores de 52 años…

2. Contrato temporal

El contrato temporal supone un acuerdo entre empleador y empleado en el que se estipula la prestación de actividades por un periodo temporal determinado.

Deben ser realizados por escrito de forma general, si bien algunos de ellos pueden (bajo circunstancias específicas) realizarse de manera oral. El período de prueba varía en función del tiempo de contratación estipulada y, en su mayoría, se permiten prórrogas. Dentro de este tipo de contratos podemos encontrar varios subtipos, entre los que destacan los siguientes:

  • Contrato de obra o servicio: realización de obra o servicio determinado con autonomía y sustantividad propia. Al finalizar el contrato se indemniza al trabajador con 8 días de salario por año de servicio.
  • Contrato de interinidad: sustituir a trabajadores con reserva de su puesto de trabajo, suspensión de contrato para cubrir temporalmente un puesto durante el proceso de selección o sustitución en periodos de vacaciones. La duración del contrato coincidirá con el tiempo que dure la causa.
  • Contrato eventual por circunstancias de producción: atender circunstancias de la producción, acumulación de tareas, excesos de pedidos, así como situaciones similares. La duración será de un máximo de 6 meses y se puede formalizar una única prórroga. Al finalizar el contrato se indemnizará al trabajador con 8 días de salario por año de servicio.

3. De formación y aprendizaje

Este tipo de contrato laboral sólo puede utilizarse con personas de entre dieciséis y treinta años de edad.

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Su principal función es permitir una alternancia entre la actividad laboral y la formación, con lo que pretende aumentar la inserción laboral, así como la debida formación que permita ejercer adecuadamente. Máximo hasta tres años, tras lo cual es posible pasar a entrar en plantilla de manera indefinida. La retribución no ha de ser menor que el salario mínimo interprofesional, siendo pactada por convenio.

4. Contrato de prácticas

De manera similar al contrato de formación y aprendizaje, el contrato laboral de prácticas se realiza bajo la idea de mejorar la cualificación y competencia profesional del empleado. Se vincula a una formación específica, ofreciendo experiencia en el sector a la vez que permite una mejor comprensión de los contenidos formativos. La retribución viene fijada por convenio, sin que sea posible que sea inferior al 75% de lo que recibiría un trabajador en el mismo puesto.

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